martes, 18 de junio de 2013

EL SI.TRA.VI.CH. PRESENTO UNA DENUNCIA PENAL

FORMULA DENUNCIA




Señor Fiscal:

Aldo Emilio GRIFFITHS, D.N.I. Nro. 10.434.353, en mi carácter de Secretario General del Sindicato de Trabajadores Viales Provinciales del CHUBUT (SI.TRA.VI.CH.), entidad sindical de primer grado, inscripta al registro de Asociaciones Sindicales según Resolución Nro. 1.204 del año 1.988 y Personería Gremial según Resolución M.T.E. y S.S. Nro. 894 del año 2.005, con domicilio legal en Pasaje José Puig Nro. 350 de ésta ciudad de Rawson Capital del Chubut, donde también constituye domicilio procesal junto a su letrado patrocinante, Cristian Horacio AYALA, abogado, inscripto a la matrícula Nro. 1.280 del C.P.A.Tw, al Sr. Fiscal me presento y digo:

I. PERSONERÍA: Que tal como lo demuestro con la Certificación de Servicios y el Estatuto Social del Sindicato de Trabajadores Viales Provinciales del CHUBUT (SI.TRA.VI.CH.) resulto ser el Representante Legal de la entidad gremial, con domicilio legal en Pasaje Puig Nro. 350 de ésta ciudad de Rawson, capital del Chubut.

II. OBJETO: En el carácter invocado y habiendo tomado conocimiento, en el ejercicio de dicho cargo, de los hechos que se refieren, vengo a denunciar la presunta comisión de delitos penales con autor desconocido.

III. HECHOS: Recibimos en el Sindicato una comunicación telefónica de personal de la Empresa “Transportes Rada Tilly”, de la ciudad de Comodoro Rivadavia a raíz de que se había efectuado un pago a una persona que se presentó alegando ser parte de un supuesto “Organo Difusor del Sindicato de Trabajadores Viales Provinciales del Chubut”, desconociendo ésta parte dicha Institución u Organismo, como la existencia de la misma. El personal de la Empresa “Transportes Rada Tilly” nos informa que al confrontar el CUIT que figuraba en la factura que se le habría extendido por la suma de Pesos Ocho Mil ($ 8.000) en concepto de adhesión publicitaria el mismo no coincidía con el del SITRAVICH. Lo cierto es que el SITRAVICH no posee recaudador o cobrador alguno, como no posee un Órgano Difusor, y ninguno de los integrantes de la entidad Gremial recaudan dinero de ésta manera por lo cual presumimos que se podría tratar de un ilícito.

Al expresarle nuestro desconocimiento a la Empresa éstos nos enviaron documentación en copia simple que abonarían los hechos relatados. Acompañamos a la presente copia de la Factura extendida a la Empresa Transportes Rada Tilly por el supuesto Órgano de Difusión, del Cheque que le habría entregado la Empresa a la persona que se presentó como representante del “Organo Difusor del Sindicato de Trabajadores Viales Provinciales del Chubut” y la constancia correspondiente al número de CUIT que figuraba en la factura acompañada.

Así las cosas surgiría que la factura que se habría presentado a la firma Transportes Rada Tilly sería apócrifa y mediante ella se habría logrado el pago de la suma de pesos Ocho Mil invocando indirectamente al Sindicato a mi cargo sin que exista vinculación alguna del SITRAVICH con una campaña publicitaria.

V. DELITO: De los hechos expuestos podría surgir la posible comisión de alguno de los tipos penales previstos y reprimidos en los artículos 172 y siguientes del Código Penal Argentino.

VI. PRUEBA:

Documental:

1. Copia Simple de la Factura 0001-00000176 con la leyenda “ CHUBUT VIAL Órgano Difusor del Sindicato de Trabajadores Viales Provinciales del Chubut”

2. Copia simple del Cheque Serie “C” Nro. 12130948 librado por Transportes Rada Tilly SA.

3. Constancia de Inscripción CUIT 20-18214244-2

VII. PETITORIO:

Por todo lo expuesto, del Señor Fiscal peticiono:

1. Tenga por formulada la denuncia por la presunta comisión de los delitos señalados y/o las figuras que se deriven de los hechos denunciados.

2. Se disponga el inicio de la instrucción pertinente, de conformidad con las previsiones contenidas en el Código Procesal Penal de la Provincia del Chubut.

Hacer como se pide, que

SERÁ JUSTICIA.

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