jueves, 24 de abril de 2014

INTIMACIÓN A LA TESORERÍA DE LA PROVINCIA POR LOS IMPORTES DE CUOTA SINDICAL Y PRESTACIONES

El Sindicato de Trabajadores Viales del Chubut  formula intimación a la Tesorería General de la Provincia   para que, dentro de un  plazo de veinticuatro horas, se proceda a acreditar en la cuenta de la Institución Sindical, los importes correspondientes a las retenciones que en concepto de cuota Social y Prestaciones se han  realizado a nuestros afiliados dependientes de la Administración de Vialidad Provincial sobre los haberes del mes de Marzo de 2014. Depósitos que han sido retenidos, y que necesariamente el Sindicato precisa para hacer frente a los compromisos con los comercios adheridos y vencimientos de gastos que la institución tiene.

Se transcribe texto de la Nota Nº 057-14 STV, presentada.-

Rawson (Chubut), 23 de Abril de 2014.-
Nota Nº 057-14 STV
A la  Sra. Tesorera General
Provincia del Chubut
S_______/_______D.-


                          REF: Formula Intimación Integración                                               de Cuota Sindical y prestaciones.-


Aldo Emilio GRIFFITHS D.N.I. Nro. 10.434.353, en mi carácter de Secretario General del Sindicato de Trabajadores Viales Provinciales del CHUBUT (SI.TRA.VI.CH.), Entidad Sindical de Primer grado, con domicilio legal en Pasaje José Puig Nro. 350 de ésta ciudad de Rawson Capital del Chubut,  me veo en la obligación de dirigirme a la Sra. Tesorera General de la Provincia del Chubut, dándole a la presente el carácter de formal intimación para que, dentro del perentorio plazo de Veinticuatro (24) horas, proceda a acreditar en la cuenta de la Institución Sindical que represento, los importes correspondientes a las retenciones que en concepto de cuota Social y Prestaciones se ha realizado a nuestros afiliados dependientes de la Administración de Vialidad Provincial sobre los haberes del mes de Marzo de 2014.-
Que tal como es de conocimiento de la Sra. Tesorera General la Ley 23.551 y su Decreto reglamentario 467/88 disponen la obligación del empleador, en éste caso el Estado Provincial, de actuar como agente de retención de los importes relativos a cuotas de afiliación u otros aportes que deban tributar los trabajadores a las asociaciones sindicales con personería gremial y depositar los mismos en la cuenta que a tal fin disponga la entidad sindical.
La falta de integración de dichos importes ha generado los intereses previstos en la Ley 24642 al encontrarse en mora  por haber transcurrido ampliamente el plazo legal para cumplir con tal obligación.
La intimación se realiza bajo apercibimiento de reclamar capital, intereses multas y sin perjuicio de las denuncias administrativas y jurisdiccionales que por el incumplimiento surjan y podrían ser encuadrados dentro del tipo penal de la RETENCIÓN INDEBIDA  delito previsto y reprimido por el Código Penal Argentino.
Por lo expuesto se solicita se le imprima a la presente solicitud el trámite preferencial de pronto despacho y se dé íntegro cumplimiento a las obligaciones legales a cargo de la ADMINISTRACIÓN.
Quedando a la espera de su pronta respuesta, ante la gravedad de la situación, lo saluda Atentamente.


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